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El Futuro del Mercado Voluntario

Después de un período de incertidumbre creciente sobre el futuro de los mercados de carbono, que se extendiera al menos desde la Cumbre de Copenhague hasta fines de 2011, los acuerdos alcanzados en Durban y las decisiones allí adoptadas despejan la mayor parte de las incertidumbres relacionadas con la vigencia y la solidez política del marco institucional y legal internacional que originara en su momento la creación de los mercados de carbono. Estos fueron concebidos como una herramienta clave para enfrentar el cambio climático global y promover los esfuerzos de mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero.

Ese marco legal, basado en un régimen climático internacional con base en el Protocolo de Kioto, es el que se constituyó a su vez en fuente de garantías de la aplicación del marco regulatorio que ordena desde entonces el funcionamiento de los mercados de cumplimiento y por extensión incide también sobre la evolución de los mercados voluntarios de carbono.

Muy probablemente la pregunta más repetida en los meses anteriores a la Cumbre de Durban fue si el Protocolo de Kioto seguiría vigente, si sobreviviría, en síntesis, cuando llegara la hora de dar por terminada esa sesión de la conferencia de las partes. Con la misma intensidad se hacían especulaciones, claramente imbricadas con la pregunta anterior, sobre la posibilidad que un segundo período de compromisos del Protocolo de Kioto pudiera ser acordado.

La Conferencia de Cambio Climático de Durban, al confirmar en el ámbito de la Conferencia de las Partes como Reunión de las Partes del Protocolo de Kioto, que el segundo período de compromiso del Protocolo de Kioto habrá de iniciarse el 1 de enero de 2013, ha además ratificado la vigencia del Protocolo y las obligaciones que de él emanan, incluyendo las de aquellos países industriales avanzados que se comprometieron a liderar los esfuerzos para combatir el cambio climático aceptando compromisos cuantitativos de limitación y reducción de emisiones (QELROS, por sus siglas en inglés).

Queda por delante de manera inmediata, durante el 2012, que los países acuerden cuál será la duración del período de compromisos en éste segundo período, y que las estructuras que dan soporte a la operación de los mecanismos regulatorios están en su lugar y funcionen eficientemente.

Un tarea igualmente importante que debe ser llevada a cabo por los países que son Partes del Protocolo y participen del segundo período de compromisos, es convertir sus metas de reducción de emisiones en objetivos cuantitativos, bajo el formato que adoptan los denominados QELROS, de modo tal que, las reducciones de emisiones que se materialicen en el segundo período, puedan ser medidas y verificadas siguiendo las reglas, procedimientos y metodologías que estableciera el Protocolo de Kioto. Los nuevos compromisos se recogen en el Anexo de la Decisión adoptada en términos porcentuales, aunque deberán tomar la forma de compromisos de limitación de emisiones respecto al año base y remitirse, para ser consignados, antes del 1 de mayo de 2012. Igualmente, durante 2012 las Partes deberán acordar una solución para gestionar el excedente de unidades de cantidad asignada del primer periodo de compromiso así como otras cuestiones metodológicas que permitan la adopción formal de las enmiendas al Protocolo en la próxima cumbre a celebrarse en Qatar a fines de 2012.

Como se ve no se trata de tareas fáciles, pero los países, después de mucho años ya de manejarse con las regulaciones de Kioto, no deberían encontrar dificultades mayores para completarlas durante el 2012.

Habiéndose despejado en Durban la principal incertidumbre sobre el futuro del mercado de carbono, habrá que ver como evoluciona éste bajo las nuevas condiciones, en particular, cómo se expresa la nueva condición de equilibrio con una demanda potencialmente restringida en volumen y con nuevas especificaciones para las categorías de la oferta elegible.

Debe observarse, no obstante, que cuando se destaca la importancia de incluir mecanismos de mercado para facilitar la mitigación del cambio climático, una de las razones para hacerlo es la flexibilidad de los mercados para adaptarse a cambiantes condiciones y la capacidad para operar dinámicamente bajo diversas circunstancias. En este segundo período de compromisos se pondrán probablemente a prueba esas virtudes para la transformación y la innovación en un contexto económico y financiero global particularmente exigente.

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