La vigésima Conferencia de las Partes (COP 20) de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) y la décima reunión de la Conferencia de las Partes reunidas en calidad de Partes (CMP 10) del Protocolo de Kioto, se desarrolló en la ciudad de Lima, Perú, entre el 1 y el 12 de diciembre de 2014.
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La Conferencia de las Partes (COP) es el órgano supremo de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). De la misma manera, la COP en calidad de reunión de las Partes del Protocolo de Kioto (CMP) es el órgano supremo de dicho instrumento. Tanto la COP como la CMP se reúnen anualmente con la función de supervisar y examinar la aplicación de la Convención y del Protocolo y desarrollar el proceso de negociación entre las partes de la Convención ante nuevos compromisos. Las funciones de la COP se establecen en el artículo 7 (2) de la CMNUCC, el texto puede ser consultado aquí.
Algunas de estas funciones son:
- Examinar periódicamente las obligaciones de las Partes, los arreglos institucionales en el marco del Convenio, y la evolución de los conocimientos científicos y tecnológicos sobre el cambio climático.
- Promover y facilitar el intercambio de información sobre las medidas adoptadas por las Partes para abordar el cambio climático y sus efectos.
- Preparar los inventarios de emisiones de gases de efecto invernadero por las fuentes y la absorción por los sumideros, y medidas para reducir emisiones y fomentar su absorción.
- Guiar al mecanismo financiero de la Convención estableciendo políticas, prioridades y criterios para financiar actividades que implementen la Convención.
- Establecer los órganos subsidiarios que se estimen necesarios para la aplicación de la Convención.
- Todas aquellas funciones que sean necesarias para la consecución del objetivo de la Convención.
En la COP participan principalmente las Naciones Unidas, sus organismos especializados y, las Partes, es decir, todo país miembro de la Convención. Cada Parte en la Convención está representada en la COP por una delegación autorizada a representar y negociar en nombre de su gobierno. Debido a la relevancia de lo discutido en las COPs participan también diversos organismos en calidad de observadores, como el caso de los organismos internacionales y las organizaciones no gubernamentales (ONGs).
La COP sigue un formato parecido al de la asamblea de Naciones Unidas, donde las Partes se encuentran organizadas en cinco grupos regionales: África, Asia, Europa Oriental, Europa Occidental y otros (Australia, Canadá, Islandia, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza y los Estados Unidos de América), y América Latina y el Caribe.
Durante las negociaciones, los países también se agrupan según sus intereses comunes. Por ejemplo, el Grupo de los 77 y China (G77 + China) agrupa a todos los países en desarrollo y es el más utilizado para establecer posiciones comunes de negociación. También coordinan sus posiciones, incluso reuniéndose previo a cada COP: el grupo de países africanos, el grupo de países menos adelantados, la Alianza de los Pequeños Estados Insulares (AOSIS, por sus siglas en inglés), la Unión Europea, el “grupo paraguas” (Australia, Canadá, Islandia, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Rusia, Ucrania y los Estados Unidos de América), el Grupo de Integridad Ambiental (compuesto por Suiza, República de Corea y México), e inclusive la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP).
Entre los observadores se encuentran las organizaciones inter-gubernamentales o multilaterales (IGOs, por sus siglas en inglés), bancos de desarrollo como el Banco Interamericano de Desarrollo o el Banco Mundial, o el Centro Caribeño para el Cambio Climático (Caribbean Community Climate Change Centre), y Organizaciones No Gubernamentales (ONGs). Más de 1300 ONGs y más de 80 Organizaciones Inter-Gubernamentales están registradas como observadoras ante la CMNUCC.
En la tabla siguiente se presentan algunas de las COP más relevantes en el progreso de las negociaciones en el ámbito de la CMNUCC.
Reunión |
Lugar y fecha en que se desarrolla |
Logros principales |
COP 1 |
Berlín, 1995 |
Implementación de la Convención de Cambio Climático COP – sugerencias para la organización. Se produce el Mandato de Berlín |
Kioto, 1997 |
Se establece finalmente el marco del protocolo de Kioto |
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Marrakech, 2001 |
Se establecen los acuerdos de Marrakech y los gobiernos expresan estar listos para ratificar finalmente Protocolo de Kioto |
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Bali, 2007 |
Se adopta la Hoja de Ruta de Bali, basada en cuatro “pilares”: Mitigación, Adaptación, Tecnologías y Financiamiento más una visión compartida sobre la reducción de emisiones provenientes de la deforestación y la degradación de bosques (REDD+). Se delinea el proceso para negociar un acuerdo global post-2012 que debía completarse hacia 2009 (Plan de Acción de Bali). Surge el concepto de “NAMA”. |
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Copenhague, 2009 |
A pesar de las grandes expectativas y la fuerte repercusión mediática, no se logra la firma de un acuerdo vinculante post 2012. Se compromete financiamiento climático adicional por USD 10 mil millones anuales para 2010-2012 y por USD 100 mil millones anuales hacia 2020. Se acuerda la creación del Fondo Verde del Clima a fin de centralizar y coordinar los recursos financieros disponibles |
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Cancún, 2010 |
Se ratifica el compromiso de movilizar financiamiento adicional, se reconocen oficialmente las propuestas de mitigación tanto de los países desarrollados como en desarrollo, se establece que se creará un registro de NAMAs para armonizar donantes y receptores y se avanza en la puesta en marcha del Fondo Verde del Clima. |
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Durban, 2011 |
Se logra acuerdo para adoptar un segundo período de compromiso del Protocolo de Kioto hasta 2017 o 2020 (a definir) pero sin Rusia, Japón ni Canadá. Se fortalece el concepto de “NAMA”. Link a la sección especial: http://finanzascarbono.org/cop17-durban/ |
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Doha, 2012 |
Se confirma la falta de acuerdo para una solución más decisiva. Se extiende el Protocolo de Kioto hasta 2020, comprometiendo sólo a la Unión Europea, Australia y un puñado de otros países en desarrollo. Link a sección especial: http://finanzascarbono.org/especial-cop-18-cmp-8-doha/ |
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COP 19 |
Varsovia, 2013 |
Se llega a un modesto acuerdo que establece una hoja de ruta hacia el 2015. Todos los Estados deberán comunicar sus contribuciones en materia de reducción de gas de efecto invernadero antes de la Conferencia de París, (primer trimestre de 2015.) 1/CP.19 Se progresó también en el apoyo a los países más vulnerables al cambio climático. Link a sección especial: http://finanzascarbono.org/especial-cop-19-cmp-9-varsovia/ |
COP 20 |
Lima, 2014 |
Se adopta la decisión 1/CP20 de la Conferencia de las Partes: “El Llamado de Lima a la Acción Climática”, acuerda reglas básicas sobre las contribuciones nacionales, jerarquiza la adaptación, y contribuye a darle forma a algunos de las aspectos sustantivos del acuerdo que se espera alcanzar en París. El Llamado a la Acción reitera su invitación a cada una de las Partes para que comunique a la Secretaría Ejecutiva de la Convención sus contribuciones nacionales determinadas hacia el primer trimestre del 2015. Link cobertura especial: http://finanzascarbono.org/especial-cop-20-cmp-10-lima/
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COP/MOP
Mientras que la Conferencia de las Partes (COP) se refiere a las Partes signatarias de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Reunión de las Partes (MOP, Meeting of the Parties) se refiere a las Partes signatarias del Protocolo de Kioto.
Cuando las reuniones de la COP ocurren de manera simultánea con las de la MOP, se hace referencia a las sesiones de la Conferencia de las Partes que sirven como Reunión de las Partes (CMP, por sus siglas en inglés). En estos casos, los países que son Partes de la Convención pero no Partes del Protocolo únicamente pueden participar como observadores, ya que la CMP es el órgano supremo del Protocolo de Kioto, y entre otras actividades:
- Tiene la autoridad de proveer lineamientos sobre el MDL.
- Tomas decisiones sobre las recomendaciones hechas por la Junta Ejecutiva de la CMNUCC en relación a sus reglas de procedimientos.
- Toma decisiones sobre la designación de las Entidades Operacionales Designadas (DOEs) por la Junta Ejecutiva.